¿Multas a ciclistas?… claro que si…

multa-biciEn ocasiones cuando sales de ruta con tus «congéneres» y amigotes sueles ver a alguno de tu propia grupetta o algún otro biker que te cruzas por ahi que… o bien no lleva casco, o se mete por prohibida y lo más común… saltarse los semáforos.

Por supuesto que el biker que se salta un semáforo de sobra sabe que está cometiendo una infracción de tráfico en la vía pública ya que es un vehículo y por lo tanto está sometido a las normas de tráfico comunes a todos. Entonces, ¿por qué motivo esta culturilla de saltarse los semaforos es bastante frecuente entre los ciclistas??? La respuesta es difícil de saber pero es muy posible que en algunos casos el biker que se salta el semáforo afortunadamente no habrá tenido ningún susto a lo largo su vida de biker (o de conductor…) y por lo tanto no le tenga el debido respeto a la vía pública, carretera, cruce… etc, etc…

En cualquier caso una de nuestras webs de referencia todomountainbike.es se hace eco de este asunto y nos explica muy bien cuales son las multas que nos pueden caer a cualquier ciclista si incumplimos las normas de tráfico… como cualquier otro vehículo. Asi que ojito compañer@s!!! 😉

Aquí os dejamos el listado: Multas más frecuentes a ciclistas

  • Por saltarse una señal vertical: Los semáforos y las señales de STOP o ceda el paso no son FOTO 1 AVISO 3simples adornos urbanos. Debemos respetar dichas señales igual que el resto de vehículos, a pesar de que muchos ciclistas tienden a hacer ‘la vista gorda’. Las sanciones van desde los 120 a los 200 euros.
  • Por circular en sentido contrario: Un comportamiento muy extendido entre los ciclistas, aunque sólo se trate de un pequeño tramo de calle. Circular en sentido contrario a la vía está totalmente prohibido, con sanciones que oscilan entre los 150 y los 500 euros.
  • Por no llevar el casco: Desde mediados de 2014, los ciclistas menores de 16 años están obligados a llevar casco bajo cualquier circunstancia. Para los adultos, el casco es obligatorio en caso de circular por vías interurbanas o, lo que es lo mismo, fuera de la ciudad. La multa asciende a 200 euros.
  • Por circular por espacios reservados a los peatones: Del mismo modo que los vehículos a motor no pueden circular a sus anchas por la acera, las bicicletas tampoco. Los ciclistas están obligados a circular por el carril bici o, en el caso de que no lo hubiera, por la carretera como el resto de vehículos a motor. La multa mínima se establece en 60 euros, con indemnizaciones de hasta 10.000 euros en el caso de atropellar a un peatón.
  • Por no hacer uso de elementos luminosos y reflectantes: Entre la puesta de sol y el amanecer en vías interurbanas, así como en túneles o en condiciones de baja o nula visibilidad, los ciclistas están obligados a llevar una luz delantera blanca y una trasera roja, además de alguna prenda de vestir con elementos reflectantes cuando se circula fuera de la ciudad. La multa asciende hasta los 200 euros.
  • Por pedalear con una tasa de alcohol en sangre elevada: Al tener consideración de vehículos, una bicicleta sólo puede manejarse con las facultades psicomotoras de su usuario en perfecto estado de revista. Pedalear con una alta tasa de alcohol en sangre o bajo los efectos de sustancias psicotrópicas es, igual que sucede con los vehículos a motor, sancionable con una multa de hasta 500 euros.
  • Por circular con los auriculares puestos: Muchos son los ciclistas que, nada más montarse sobre su bicicleta, se enfundan los cascos en las orejas para escuchar su música preferida. Esta actividad aísla al ciclista de su entorno y distrae su atención, favoreciendo todo tipo de accidentes imprevisibles. La sanción ronda los 190 euros.
  • Por realizar maniobras imprudentes sobre la bicicleta: Circular sin las manos en el manillar, levantando la rueda delantera o realizando cualquier otro tipo de acrobacia ciclista, tiene castigo para garantizar la seguridad del resto de usuarios de la vía. ¿La multa? De hasta 500 euros según sea la gravedad de la infracción y sus consecuencias.
  • Por circular por espacios naturales protegidos y/o acotados: En algunas comunidades autónomas de España sus administraciones castigan cuantiosamente la circulación de vehículos por espacios naturales protegidos. En otras, como Castilla-La Mancha, circular por una zona acotada para la caza también tiene premio. Las multas oscilan entre los 3.000 y 8.000 euros en el caso de invadir espacios naturales protegidos y entre 3.000 y 30.000 euros en el caso de originar molestias para la actividad de los cazadores.
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